ORIGEN DEL NACIONALISMO VASCO Y CATALÁN (Parte I)

ESPAÑA DESESTRUCTURADA

«(…) los últimos dos siglos de la historia humana del planeta Tierra son incomprensibles si no se entiende un poco el término «nación» y el vocabulario que de él se deriva».

Hobsbawm, E. (1997). Naciones y nacionalismo desde 1780

El origen del nacionalismo vasco y catalán tienen raices y trayectorias históricas muy distintas, pero es indiscutible que ambos han influido y siguen influyendo notablemente en la política española, e incluso ponen a prueba de cuando en cuando la propia estabilidad del Estado.

La España actual ha conocido y sigue conociendo iniciativas nacionalistas con objetivos separatistas, incluso desde la violencia y la insurgencia, como la no tan lejana proclamación unilateral de independencia de Cataluña de 2017, o el terrorismo de ETA que derramó sangre durante casi cincuenta años. Estas presiones se hicieron muy patentes al elaborar la Constitución de 1978, referente de nuestra democracia, la que debía traer paz, la estabilidad y la integración en Europa y en el mundo. Por ello, la carta magna nació sesgada e influida por las imposiciones que llegaban desde Guernica y desde Barcelona. El presidente de Gobierno en aquel momento, Adolfo Suárez, se vio obligado a pactar un texto constitución siguiendo la frase de su ministro de Administración Territorial, Manuel Clavero Arévalo: «café para todos», que simbolizaba el deseo de contentar a las principales fuerzas políticas y, de forma especial, a vascos y catalanes.

En 1977, los políticos vascos y catalanes de la recién inaugurada democracia se dieron mucha prisa en crear sus respectivos órganos preautonómicos, Consejo General Vasco y Generalitat, respectivamente, apretando a Suárez para que satisficiera sus deseos de autogobierno. Vascos y catalanes veían reforzadas sus aspiraciones y exigencias por la falta de mayoría absoluta de Unión de Centro Democrático en el Congreso de los Diputados. Suárez los necesitaba como socios para sacar adelante sus iniciativas legislativas en esta primera legislatura de la nueva democracia española.

Así se elaboró el Título VIII de la Constitución en el que ya se señalaron claras diferencias entre unas regiones «de primera» y otras «de segunda». Incluso el artículo 2 señalaba la unidad e indisolubilidad de la Nación española al tiempo que reconocía el derecho a la autonomía de las diversas partes que la componen, pero distinguiendo ya, desde el principio, a las «nacionalidades» de las «regiones».

Sutilmente se construyó una diferencia que levantó no pocas suspicacias y controversias. Todo comenzaba en el artículo 143.2, que exponía las condiciones para acceder a la autonomía que debían cumplir las provincias que decidieran unirse: ser limítrofes, compartir características históricas, culturales y económicas comunes y contar con el acuerdo de las respectivas diputaciones provinciales y de los 2/3 de los municipios de dichas provincias.

No eran, realmente, unas condiciones demasiado exigentes y, de contar con todos los requisitos, debían elaborar un proyecto de estatuto que, de ser aprobado, otorgaría una serie de competencias básicas que se encontraban reseñadas en el artículo 148.1.

Una vez completado lo anterior y transcurridos cinco años, el artículo 148.2 indicaba que las autonomías podrían pactar con el Estado una ampliación de competencias dentro de las restricciones que marcaba el artículo 149.

Hasta aquí todo normal. Lento y cauto … pero normal. Sin embargo, el artículo 151 concedía una forma de acelerar el proceso y de no tener que esperar cinco años para acceder a una autonomía plena y personalizada. Para ello, era preciso contar con el acuerdo de todas las Diputaciones provinciales, de ¾ de los municipios y de un referéndum a toda la población implicada en el que debía ser aceptado el proceso por la mayoría absoluta de todo el cuerpo electoral (atención, de todos los ciudadanos con derecho a voto, no de los que acudiesen a votar). Si así se hacía y se cumplía, se procedería a elaborar el Estatuto incluyendo un marco competencial más amplio que otorgaría un autogobierno mucho mayor.

Esta vía de acceso a la autonomía era mucho más exigente. Por una parte, ¾ de los municipios implica al 75% de estos, que no son pocos y, por otra, que los ciudadanos acudan a las urnas en un número muy significativo. La dificultad se vio reconocida en Andalucía, la única comunidad que accedió por este sistema del artículo 151, que sufrió el susto de ver como en Almería no se cumplía el requisito del referéndum. Cundió el pánico. Desechar, tal y como decía la ley esta iniciativa por estar incompleto uno de los requisitos no era lo previsto, por lo que el Congreso se reunió rápidamente y, aún con más prisa, aprobó una ley para saltarse este problema, dando luz verde a Andalucía.

Y, llegados a este punto, es aquí donde surgió el «café para todos», especialmente vascos y catalanes, porque evidentemente estos no estaban dispuestos a pasar por el mismo camino que los demás. Surgió así la Disposición Transitoria segunda de la Constitución que, sin tapujos, disponía que los territorios que hubiesen plebiscitado una autonomía en «el pasado» se podrían saltar todos los trámites y, simplemente, por acuerdo de sus órganos preautonómicos y sin más condiciones, accederían a la plena autonomía. Ni los cinco años del artículo 148.2, ni el artículo 151 con sus condiciones, incluido el referéndum de la población para aprobar la iniciativa. A estos privilegiados de vía directa e inmediata se les denominó «nacionalidades históricas».

¿Cuáles eran estos territorios? Evidentemente País Vasco y Cataluña, a los que se añadió, en cumplimiento de esta condición, Galicia. Los tres solicitaron en el pasado, concretamente durante la Segunda República, acceder a un autogobierno y en los tres se realizaron respectivos plebiscitos al respecto entre 1931 y 1936. La excusa era perfecta a pesar de que habían transcurrido más de cuarenta años y realmente no se podía relacionar la situación de aquellos lejanos momentos con la de ahora, pero algo había que idear para satisfacer las presiones de vascos y catalanes y diferenciarlos de los demás.

Por cierto, Navarra no accedió a la autonomía porque nunca se la ha considerado comunidad autónoma, sino comunidad foral. Ha mantenido y mantiene una relación con el estado basada en los acuerdos del año 1841, acuerdos que se han sostenido y matizado en diferentes momentos de nuestra Historia. Así consta en la Disposición adicional primera de la Constitución.

El País Vasco incluso consiguió un poco más en la Constitución. En la Disposición transitoria cuarta se establecía que podría anexionarse Navarra siempre que los propios navarros estuviesen de acuerdo, un privilegio difícil de entender y al que los propios navarros siempre se han negado. Además, esto supone una aberración desde el punto de vista histórico dado que, en cualquier caso y atendiendo al pasado, tendría que ser Navarra la que pudiese anexionar los territorios vascos, territorios que fueron feudatarios en determinados momentos del rey de Navarra.

Por tanto, en la Constitución española de 1978 la organización territorial se terminó definiendo de la siguiente forma:

  • España en un Estado – Nación, es decir, la única nación existente es la propia España. España cuenta con órganos de gobierno y con una organización política y administrativa, es reconocida en el orden internacional, se asienta en un territorio y sus ciudadanos (todos en teoría) comparten un origen y lazos culturales comunes.
  • Comunidad Foral: Comunidad con derechos históricos singulares y reconocidos, con una continuidad histórica que implican una regulación legislativa propia (Navarra, desde 1841). No es una comunidad autónoma. Debe diferenciarse de territorios forales (Guipúzcoa, Vizcaya y Álava) que disfrutan de cierta legislación singular desde 1878, pero constituyen, en su conjunto, una comunidad autónoma.
  • Nacionalidad histórica: comunidades autónomas que se declaran con una identidad colectiva, lingüística o cultural diferenciada del resto de España. Una «nacionalidad histórica» no es propiamente una nación, porque «nación» solo hay una, la española, pero había que crear un término ambiguo que satisficiera a todos. Las nacionalidades pudieron disfrutar directamente de un amplio autogobierno y por el mero acuerdo de sus entes preautonómicos, pero sin soberanía plena y, por supuesto, siendo parte inseparable de la Nación española.
  • Región: Porción de territorio determinada por caracteres culturales propios o circunstancias especiales de clima, producción, geografía, administración, gobierno, etc. y que puede dividirse a su vez en provincias, departamentos, etc. También puede acceder al autogobierno, pero sin saltarse lo dispuesto en los artículos 143 o 151.

La Constitución nacía, por tanto, dividiendo a España en Comunidades de primera y de segunda. De «vía rápida» y de «vía lenta». Incluso se atrevía a calificar de «históricas» a comunidades con un peso en la Historia de España menos relevantes que otras que, sin duda, merecían ese calificativo mucho más.

Pero… el «café para todos» se impuso.

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Hecha esta aclaración sobre las preferencias que en nuestra Constitución se establecen para unos y otros, podemos entrar en las causas que llevaron a tomar estas decisiones. Para ello, hay que acudir inexcusablemente a la Historia.

España nunca ha terminado de ser por completo una unidad que superara a sus partes por completo y sin fisuras. El fraccionamiento siempre ha existido y nunca ha sido superado.
Esta es la secular desestructuración de España, porque España no se ha construido sobre proyectos comunes, y tradiciones y rasgos culturales compartidos por todos los españoles, sino sobre los particularismos. Otros estados, como Francia, partieron de la misma desestructuración, pero superaron sus particularidades.

Este fraccionamiento comienza con la propia estructura que a lo largo de la Edad Media conformó los estados europeos. En el siglo XV estos estados se constituían a partir de un concepto patrimonial: El concepto patrimonial del Estado. Un estado no era un territorio y la suma de sus individuos a partir de su propia voluntad, sino la suma de los territorios (patrimonio) de una familia o linaje que ocupaba el trono. Veamos un ejemplo en el siguiente documento expedido por Carlos I. Se expidió en 1522[i]

En el texto, tras mencionarse a sí mismo y a su madre, Doña Juana I de Castilla o Juana «la Loca», enumera nada menos que en siete líneas sus principales posesiones. No aparece el concepto «España» en ningún lugar, porque realmente el Estado es la reunión de todos «sus estados» los de él y su familia. Cada territorio es independiente en cuanto a gobierno, leyes o fueros, moneda, organización económica, etc. «España» es solo un concepto sin concreción política porque, en realidad, Don Carlos I no era cabeza del «Imperio español», sino del imperio de su familia, del «Imperio de los Austrias».

Esta división en territorios particulares se perpetuó en España más de lo deseado. Y, para comprobarlo, basta observar el siguiente documento escrito casi tres siglos después y firmado por el rey Carlos IV en 1796[ii]:

Observamos que nada ha cambiado y que casi se repite literalmente todo el encabezamiento.

Sin embargo, cuando acudimos a la documentación de nuestra vecina Francia y concretamente a un documento de Luis XIV fechado en 1697, comprobamos la diferencia, es decir, la evolución de un estado patrimonial a un estado en el que aparece la conciencia de unidad (a pesar de que el rey, evidentemente, es el propietario de todo):

Traducido reza: «Luis por la gracia de Dios. Rey de Francia y de Navarra. A todos los que …».  Y ya está… no hay más títulos ni propiedades. Por eso, los escudos de los reyes de España y Francia eran tan distintos, como vemos a continuación:

Es evidente que en Francia la organización del reino se encaminaba hacia un concepto unitario, mientras en el Imperio Hispánico seguíamos siendo muy diversos y particulares.

Para satisfacer la curiosidad respecto a este complejo escudo, he recurrido a una página web, la de Heráldica Hispánica[iii], para determinar cuál es cada una de sus partes. He tomado como base el escudo de Carlos I:

Esta desestructuración es perfectamente percibida y explicada por un pensador de la talla de Don José Ortega y Gasset en su obra La España invertebrada (1921).  Don José, siempre tan perspicaz, resumió el problema en una frase: «España ha carecido de un proyecto subjetivo de vida en común», es decir, España se ha estructurado a través de los siglos desde los particularismos y sin un gran proyecto común que uniera a todos los españoles en un objetivo compartido.

Para Ortega, España perdió varias ocasiones históricas de conseguir ese gran objetivo de superar sus particularismos.

En primer lugar, el Imperio. La conquista de América y parte de Asia y la conformación de un imperio pudo ser el momento de unir a todos los españoles en una magna empresa de inmenso calado. Pero esta considerable empresa fue egoístamente capitalizada por Castilla que impidió que el resto de territorios de la Corona, particularmente Aragón, participasen en los esfuerzos y, especialmente, en los beneficios. Por esta razón, Ortega sentenció: «Castilla ha hecho a España y Castilla la ha deshecho». Solo a partir de 1790, demasiado tarde, se liberalizó el comercio con América y Filipinas al desaparecer la Casa de Contratación de Cádiz, que había sustituido a la de Sevilla en 1717.

El segundo momento histórico que supuso otra oportunidad perdida de unificar y saltar por encima de la división y el particularismo estuvo en los Decretos de Nueva Planta que impuso Felipe V tras triunfar en la Guerra de Sucesión. Estos decretos, emitidos entre 1707 y 1716, anularon la legislación particular de los territorios que se rebelaron contra el rey, Cataluña, Valencia, Aragón y Baleares, y les impuso la aplicación de la legislación castellana. Esto suponía una unificación legislativa que no incluía a Navarra y a las provincias vascongadas, que se mantuvieron fieles a Felipe y conservaron sus fueros, pero sí al resto de lo que hoy es España. Sin embargo y a pesar de estas medidas, el concepto patrimonial continuó vigente en la mentalidad de los reyes, e incluso en Cataluña se despertó una resistencia que provocó el nacimiento del nacionalismo que hoy pervive. El castigo al verse privados de sus usatges, sus ancestrales leyes, generó el rechazo del viejo y caduco concepto de pertenencia al patrimonio de un rey y el despertar de la conciencia de un pueblo que, unido por lazos ancestrales, deseaba alcanzar la plena soberanía.

El tercer momento histórico en que los españoles se unieron sin atender a diferencias fue la Guerra por la Independencia, contra Napoleón Bonaparte, entre 1808 y 1814. Fue un momento duro, cruel y sangriento, pero también tuvo su momento brillante y eufórico en Cádiz en marzo de 1812, cuando representantes de toda España, incluidos los virreinatos americanos, se reunieron para aprobar la primera Constitución liberal de España y una de las primeras del mundo. En ella se creaba, por fin, la Nación Española. Se superaba el estado patrimonial y se ponía en marcha la soberanía de los ciudadanos, tal y como puede leerse en los primeros artículos de este transcendental documento:

Sin embargo, este acontecimiento histórico no llegó más allá. Fernando VII, el rey felón, el peor monarca que ha sufrido España, acabó con este sueño y volvió al concepto patrimonial y al absolutismo más feroz, acabando con la soberanía popular. Luego vinieron las guerras Carlistas, entre 1833 y 1876, que dividieron a los españoles por ideologías y territorios; el republicanismo federalista a partir de 1868 que llevó su febril sueño a intentar dividir España en cantones, en pequeños territorios independientes, como Cartagena, Écija o Béjar, entre otros muchos. Y, cuando todo parecía que se encaminaba, por fin, hacia un estado liberal, corrupto pero liberal, estalló el Nacionalismo a nivel mundial, un nacionalismo que pasó por Alemania, Grecia, Italia o incluso Japón y que, por supuesto, también llegó a España.

Así, surgieron personajes como Prat de la Riba, que veía a Cataluña como «el Mesías esperado por las naciones oprimidas para dirigirlas hacia la libertad», a pesar del freno que les suponía España, un freno que había que superar. O visionarios racistas y violentos como Sabino Arana, que llegaba a afirmar que los «bizkainos» (vascos) pertenecían a la raza más noble, altiva y generosa… y los españoles, a los que llamaba «maketos», eran una raza de degenerados, afeminados, débiles, sucios, torpes, flojos, indolentes, perezosos, serviles, estúpidos, impíos y que llevan su desvergüenza a bailar abrazados, y a los que había que expulsar de Bizkaia[iv].

Para empeorar las cosas, el Desastre de 1898 desencadenó en estos nacionalistas un deseo de separarse de una España fracasada y arruinada, de no formar parte de esta colosal catástrofe. Por otra parte, no podemos dejar a un lado que el Desastre del 98 fue muy positivo para ellos y un momento inmejorable de decir «adiós» a España, porque los vencedores en Cuba y Filipinas, los norteamericanos, permitieron la repatriación de inmensos capitales españoles de estas islas, capitales que se invirtieron en su mayoría en Vascongadas y Cataluña, enriqueciendo a su ya potente burguesía. Esta burguesía enriquecida amplió negocios y demandó mano de obra del resto de España, una mano de obra que fue vista como intrusa y un peligro para sus tradiciones, especialmente en Vascongadas, lo que incrementó el rechazo hacia lo español.

A partir de aquí solo era necesario un liderazgo que dirigiera las reivindicaciones nacionalistas para un mayor autogobierno e incluso la independencia. Las élites se pusieron en marcha e hicieron buena la reflexión de Hobswaum, el autor con quien comenzábamos este artículo y con el que lo finalizamos[v]:

«Las identidades nacionales se construyen para lograr de forma más eficaz y eficiente los objetivos de las élites políticas, económicas y sociales. La historia, las tradiciones, las creencias y la cultura que caracterizan a una nación son reinventadas para alcanzar los objetivos marcados por dichas élites».

Hobsbawm, E. (1997) Naciones y nacionalismo desde 1780.

Esta publicación es la primera parte de la charla debate que tuvo lugar el 18 de enero de 2025, en la Libreria HG de Collado Mediano, Madrid, dirigida por Herminio Gas, al que agradecemos su colaboración y su dedicación y entrega a la cultura.

Imagen de Luis Orgaz Fernández

Luis Orgaz Fernández

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